Page 21 - REGLAMENTO-DISTRIFÁBRICA
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20. Mantener una buena presentación durante la prestación del servicio y mantener unas buenas
condiciones higiénicas de su puesto de trabajo o donde desempeñe las actividades propias de
su cargo.
21. Portar el uniforme de manera idónea, con pulcritud y excelente presentación.
22. Utilizar los elementos de protección personal que la empresa destine para garantizar la seguridad
del trabajador la prestación del servicio.
23. Son elementos indispensables y no negociables el uso del sello profesional cuyo contenido debe
presentar nombre del trabajador, número de identificación, y profesión.
24. Todo trabajador debe presentar y suministrar los soportes en original a DISTRIFÁBRICA
RAMÍREZ S.A.S, por incapacidades, licencias de maternidad, enfermedades generales de hijos
menores de 7 años, accidentes de trabajo A.R.P., aún tiempo no mayor de 2 días, después de
cumplida la incapacidad, pero con previa comunicación a la empresa de la misma.
25. Mantener reserva la información confidencial a la que tenga acceso con ocasión de su cargo.
26. Cumplir con las jornadas de trabajo y horarios de salida y entrada que establezca la compañía.
27. Aceptar los cambios de cargo o funciones que indique la compañía siempre y cuando tal
modificación no desmejore las condiciones laborales.
28. Asistir a Capacitaciones, conferencias, eventos y demás actividades que se indiquen en el
desarrollo del Sistema de Gestión y Seguridad y Salud en el trabajo.
29. Asistir a Capacitaciones, conferencias, eventos y demás actividades que indique el empleador
dentro del horario laboral.
ARTÍCULO 51: Se prohíbe a DISTRIFÁBRICA RAMÍREZ S.A.S.
1. Deducir, retener o compensar suma alguna del monto de los salarios y prestaciones en dinero
que corresponda a los trabajadores sin autorización previa y escrita de éstos para cada caso, o
sin mandamiento judicial, con excepción de los siguientes:
Respecto de salarios pueden hacerse deducciones, retenciones o compensaciones en los casos
autorizados por los Artículos 113, 150, 151, 152, y 400 del C.S.T.
2. Obligar en cualquier forma a los trabajadores a comprar mercancías o víveres en almacenes que
establezca la empresa.
3. Exigir o aceptar dinero del trabajador como gratificación para que se admita en el trabajo o por
otro motivo cualquiera que se refiera a las condiciones de éste.
4. Limitar o presionar en cualquier forma a los trabajadores en el ejercicio de su derecho de
asociación.
5. Imponer a los trabajadores obligaciones de carácter religioso o político o dificultarles o impedirles
el ejercicio del derecho al sufragio.
6. Hacer o autorizar propaganda política en los sitios de trabajo.
7. Despedir sin justa causa comprobada a los trabajadores que les hubieren presentado pliego de
peticiones desde la fecha de presentación del pliego y durante los términos legales de las etapas
establecidas para el arreglo del conflicto.
8. Ejecutar o autorizar cualquier acto que vulnere o restrinja los derechos de los trabajadores o
que ofenda su dignidad (Artículo 59 C.S.T.).
ARTÍCULO 52. Se prohíbe a los trabajadores:
1. Sustraer de las instalaciones de DISTRIFÁBRICA RAMÍREZ S.A.S los útiles de trabajo,
herramientas, equipos, elementos, instrumentos, las materias primas o productos elaborados
sin permiso de la Empresa.
2. Presentarse al trabajo en estado de embriaguez o bajo la influencia de narcóticos o drogas
enervantes, consumirlas o incitar a consumirlas en dicho sitio. Se considera que el trabajador

