Page 11 - REGLAMENTO-DISTRIFÁBRICA
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La duración de la licencia de maternidad es de dieciocho (18) semanas, que aumenta dos (2) semanas
adicionales para partos múltiples.
Licencia de paternidad: El TRABAJADOR tendrá dos (2) semanas de licencia remunerada de
paternidad (Ley 2114 de 2021).
Para tal fin, El TRABAJADOR deberá dar aviso al jefe inmediato de su inasistencia por inicio de la
licencia y deberá presentar ante DISTRIFÁBRICA RAMÍREZ S.A.S el documento original de
licencia de paternidad expedido por la EPS en la que esté afiliado y el registro civil de nacimiento de
su hijo, dentro de los tres (3) días siguientes del nacimiento del menor.
En el evento que el TRABAJADOR no entregue el documento original de licencia de paternidad
expedido por la EPS en la que esté afiliado y el registro civil de nacimiento de su hijo, dentro de los
treinta (30) días siguientes a la fecha del nacimiento del menor, EL TRABAJADOR conserva la opción
de disfrutar la licencia de paternidad, pero no será remunerada por EL EMPLEADOR.
Licencia por grave calamidad doméstica debidamente comprobada: EL TRABAJADOR deberá
informar telefónicamente, la ocurrencia de la grave calamidad doméstica y en la medida de las
posibilidades, enviar dentro del menor tiempo los soportes que comprueben la situación.
En todo caso, EL TRABAJADOR deberá allegar los documentos y pruebas que permitan a LA
EMPRESA, la comprobación de la circunstancia manifestada por el trabajador.
La duración será convenida entre el trabajador y LA EMPRESA en cada evento, atendiendo el
principio de razonabilidad y solidaridad que cobija al empleador.
Licencia por luto. EL TRABAJADOR deberá allegar el certificado de defunción del cónyuge,
compañera (o) permanente, o familiar que se encuentre dentro del 2° grado de consanguinidad (en
grado descendiente hijos y nietos, ascendente los padres y abuelos del trabajador y en segundo
grado colateral los hermanos del trabajador); 1° de afinidad (los padres del cónyuge del trabajador)
y 1° civil (el hijo adoptivo o el padre adoptante del trabajador), dentro de los tres (3) días siguientes
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a la fecha de fallecimiento del familiar. La duración de esta licencia es de cinco (5) días hábiles.
Para el desempeño de cargos oficiales transitorios de forzosa aceptación. EL TRABAJADOR
deberá allegar el comunicado o nombramiento en el cargo inmediatamente lo conozca o le sea
notificado.
Esta licencia tiene duración de (1) un día compensatorio de descanso remunerado para disfrutar
dentro de los 45 días siguientes a la votación, la programación se hará de común acuerdo.
Licencia para el ejercicio del sufragio. EL TRABAJADOR deberá radicar en el departamento de
recursos humanos la copia del certificado electoral, dentro de la semana siguiente a la fecha de las
elecciones.
La duración es de media jornada de descanso compensatorio remunerado el cual se debe disfrutar
en el mes siguiente al día de la votación; la programación se hará de mutuo acuerdo.
Licencias para desempeñar comisiones sindicales. El tiempo utilizado debe ser razonable y
atendiendo el reglamento de trabajo de LA EMPRESA.
Licencia para el cuidado de menores de edad que padezcan una enfermedad terminal o
cuadro clínico severo derivado de un accidente grave y requieran cuidado permanente;
3 Ley 1280 de 2009.

